Traducción jurada: Apostilla de la Haya

Traducción jurada: Apostilla de la Haya

Traducción jurada: Apostilla de la Haya

La Apostilla de La Haya es una legalización que certifica la autenticidad de un documento original, y garantiza así la eficacia jurídica de una traducción jurada en cualquier otro país firmante del Convenio de La Haya, distinto al de origen del documento.
En esta entrada, hablaremos de estos dos aspectos del ámbito de la traducción, muchas veces interrelacionados, con el fin de comprender mejor su naturaleza y utilidad.

Traducción jurada: Qué se necesita

Aunque cualquier tipo de documento puede ser objeto de una traducción jurada, ésta se aplica generalmente a documentos dotados de valor jurídico susceptibles de ser presentados antes tribunales o administraciones, como pueden ser certificados del Registro Civil o Mercantil, actas notariales, sentencias, demandas, títulos académicos, etc…

La traducción jurada se distingue de la traducción simple en primer lugar porque la realiza un traductor nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. Debe llevar el sello y la firma del traductor jurado en todas sus páginas y finaliza con una diligencia, en la que se certifica la fidelidad y conformidad de la traducción respecto del original, en los idiomas que correspondan. Este procedimiento garantiza que la traducción tenga la misma validez legal que el original. Según el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (BOE Nº.47 de 23/2/96), son susceptibles de legalización de la firma del traductor jurado aquellas traducciones juradas realizadas a un idioma diferente del español (traducciones inversas).

Sin embargo, para que la traducción jurada pueda surtir los efectos deseados, es imprescindible dotar el documento original, previamente, de todas las legalizaciones preceptivas necesarias.

Una de las legalizaciones que más se aplican, es la Apostilla de la Haya.

Apostilla de la Haya

La apostilla es una certificación aprobada por la Convención de La Haya de 1961 para certificar la autenticidad de la firma de un documento y permitir su uso en países extranjeros. El certificado se adjunta al documento original para que este último tenga validez en otros países. Su traducción o mención es obligatoria para satisfacer las exigencias de la traducción jurada.

Tiene forma de sello cuadrado y suele colocarse al final del documento, o por la parte de atrás. Según el certificado o documento, podrá acudir a estos tres organismos autorizados para ello.

-Colegio de notarios
-Ministerio de justicia
-Tribunal superior de justicia

En Gabinete Internacional de Traducciones, contamos con traductores jurados debidamente reconocidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, expertos en todos los temas, en todos los idiomas y con amplia experiencia.

Contacte con nosotros si necesita realizar una traducción jurada.

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